SEGURO DECENAL DE DAÑOS A LA EDIFICACIÓN

El seguro decenal de daños a la edificación de Clemente Piñeiro Correduría es un seguro de daños que garantiza durante 10 años la reparación de los daños materiales causados al edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
 

¿Cuándo es obligatorio contratar el seguro decenal de daños?

En España la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) establece que es obligatorio que el promotor o constructor de una obra destinada a la venta contrate un seguro decenal de daños a la edificación:

  • para viviendas que se vayan a vender antes de 10 años desde de la finalización de la obra (aunque inicialmente sean auto-promociones).
  • en obras con más de una vivienda.
  • en obras donde se vaya a realizar diivisión horizontal (más de una vivienda, locales comerciales, entresuelos, garajes, etc,)
     

¿Que cubre el seguro decenal de daños a la edificación?

  • Garantía principal: seguro durante 10 años desde la finalización de la obra de los daños materiales causados al edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
     
  • Garantías complementarias
    • Gastos demolición y desescombro
    • Revalorización automática
       
  • Garantías opcionales
    • Abandono de recurso contra contratista principal
    • Abandono de recurso contra arquitecto proyectista
    • Abandono de recurso contra arquitecto director de obra
    • Abandono de recurso contra director de ejecución de obra
    • Impermeabilización de cubiertas 3, 5 y 10 años
    • Impermeabilización de fachadas: 3, 5 y 10 años
    • Impermeabilización de sótanos
    • Resistencia mecánica de fachadas
    • En Preexistentes: cobertura simple o ampliada
    • Gastos Realojamiento
    • Pérdida de ingresos derivados del arrendamiento
    • Obra secundaria
       

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